Febrero de 2007
FNE advierte sobre prácticas anticompetitivas en listas de útiles escolares
La entidad reiteró que los padres pueden elegir donde comprar los utiles escolares y los uniformes. Advirtió también sobre las infracciones que cometen los proveedores al momento de ofrecer "estímulos" a los profesores para que pidan a estudiantes útiles de una determinada marca o de un local comercial determinado.
La Fiscalía Nacional Económica (FNE) hizo este jueves una serie de planteamientos respecto de prácticas que pueden afectar la competencia en lo que se refiere a la venta de útiles escolares y uniformes y que puedan terminar afectando el bolsillo del consumidor.
A través de un comunicado firmado por el titular de la FNE, Enrique Vergara, la entidad recordó que existen dos dictámenes emitidos en noviembre de 2001 y enero de 2002 respecto a las conductas de parte de los establecimientos educacionales que infringen las normas de defensa de la libre competencia.
Una de ellas es la inclusión de determinadas marcas en las listas de útiles escolares que los colegios o los propios profesores entregan a los alumnos en forma obligatoria o sugerida. La FNE señala que dicha recomendación es válida siempre y cuando existan fundamentos o razones de carácter pedagógico, sanitario o de otro orden, debidamente acreditables.
También vulnera la normativa la inducción a la compra de los útiles en determinadas empresas o locales comerciales.
Otra conducta que atenta contra la libre competencia es el ofrecimiento, de estímulos, incentivos o premios, de parte de los proveedores, a los colegios y docentes con el objetivo de incluir determinadas marcas, empresas o locales comerciales en las listas de útiles escolares, sin perjuicio de las promociones generales que puedan efectuar.
En relación con el uso y la comercialización del uniforme escolar, la Fiscalía reiteró que en caso de que los establecimientos educacionales exijan, de conformidad a la ley, el uso obligatorio del uniforme escolar, la determinación del proveedor deberá realizarse entre el mayor número de oferentes y la adjudicación otorgarse a quien ofrezca la mejor relación entre el precio y la calidad del uniforme.
"Los colegios que aún tengan contrato de exclusividad con determinadas tiendas o fábricas, y cuya contratación no haya tenido origen en un procedimiento como el descrito, deberán poner término de inmediato a dichos contratos", afirmó la FNE.
Finalmente, la entidad dijo que es un derecho de los padres y apoderados la adquisición del uniforme escolar en cualquier establecimiento comercial, aún cuando no tenga convenio con el respectivo establecimiento educacional respectivo.
FNE advierte sobre prácticas anticompetitivas en listas de útiles escolares
La entidad reiteró que los padres pueden elegir donde comprar los utiles escolares y los uniformes. Advirtió también sobre las infracciones que cometen los proveedores al momento de ofrecer "estímulos" a los profesores para que pidan a estudiantes útiles de una determinada marca o de un local comercial determinado.
La Fiscalía Nacional Económica (FNE) hizo este jueves una serie de planteamientos respecto de prácticas que pueden afectar la competencia en lo que se refiere a la venta de útiles escolares y uniformes y que puedan terminar afectando el bolsillo del consumidor.
A través de un comunicado firmado por el titular de la FNE, Enrique Vergara, la entidad recordó que existen dos dictámenes emitidos en noviembre de 2001 y enero de 2002 respecto a las conductas de parte de los establecimientos educacionales que infringen las normas de defensa de la libre competencia.
Una de ellas es la inclusión de determinadas marcas en las listas de útiles escolares que los colegios o los propios profesores entregan a los alumnos en forma obligatoria o sugerida. La FNE señala que dicha recomendación es válida siempre y cuando existan fundamentos o razones de carácter pedagógico, sanitario o de otro orden, debidamente acreditables.
También vulnera la normativa la inducción a la compra de los útiles en determinadas empresas o locales comerciales.
Otra conducta que atenta contra la libre competencia es el ofrecimiento, de estímulos, incentivos o premios, de parte de los proveedores, a los colegios y docentes con el objetivo de incluir determinadas marcas, empresas o locales comerciales en las listas de útiles escolares, sin perjuicio de las promociones generales que puedan efectuar.
En relación con el uso y la comercialización del uniforme escolar, la Fiscalía reiteró que en caso de que los establecimientos educacionales exijan, de conformidad a la ley, el uso obligatorio del uniforme escolar, la determinación del proveedor deberá realizarse entre el mayor número de oferentes y la adjudicación otorgarse a quien ofrezca la mejor relación entre el precio y la calidad del uniforme.
"Los colegios que aún tengan contrato de exclusividad con determinadas tiendas o fábricas, y cuya contratación no haya tenido origen en un procedimiento como el descrito, deberán poner término de inmediato a dichos contratos", afirmó la FNE.
Finalmente, la entidad dijo que es un derecho de los padres y apoderados la adquisición del uniforme escolar en cualquier establecimiento comercial, aún cuando no tenga convenio con el respectivo establecimiento educacional respectivo.
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