NativaChile

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viernes, abril 11, 2008

Miguel Angel Fuentes.


No hubo acuerdo extrajudicial en demanda por daño nuclear



Jueves 10 de abril de 2008.

La próxima semana la Comisión Nacional de Energía Nuclear (CCHEN) debería ser notificada oficialmente del inicio del juicio que busca indemnizaciones para el operario Miguel Angel Fuentes, quien resultara expuesto a radiación durante la construcción de la planta de celulosa.

La tramitación de la acción legal interpuesta por los asesores legales del operario, han marchado de manera más lenta de lo esperado por el trabajador, quien hasta ahora había esperado que el Estado se acercara y propusiera un arreglo extrajudicial. Sin embargo, nada de ello ha ocurrido y hasta el momento en que se procedió a la notificación por exhorto a la CCHEN, sólo se habían presentado acciones dilatorias por parte del Consejo de Defensa del Estado que representa a la entidad nuclear.

La otra que debe ser notificada es la empresa ITC, que era la encargada de llevar a cabo las gammagrafías o radiografías industriales, quien igualmente había estado tratando de alargar el proceso.

El Estado chileno representado por el Concejo de Defensa, había efectuado ante el Primer Juzgado Civil de Chillán, donde se encuentra la causa, excepciones dilatorias, que buscaban corregir el procedimiento.

Frente a esto, la parte querellante aceptó algunos requerimientos presentados y reformuló la demanda que sufrió cambios menores, básicamente en lo formal, pero no en su fondo.

En el caso de ITC, quien era la empresa encargada de hacer las gammagrafías industriales con equipo radioactivo, había presentado un recurso de reposición.

La demanda civil fue interpuesta en junio pasado y con ella se busca obtener una indemnización multimillonaria dado los múltiples daños y problemas a la salud que sufrió el operario luego de la construcción de la celulosa Nueva Aldea y que le dejaron secuelas de por vida.

Es demandado el Estado por cuanto se cree que tiene responsabilidad subsidiaria por no haber previsto el accidente” y no dar cumplimiento aparentemente a tratados internacionales, como la Convención de Viena, donde está previsto la obligación de las empresas que realizan actividades industriales radiográficas de contar con seguros que garanticen que la población sea indemnizada en el caso de haber un accidente.

Para la parte querellante, “el Estado chileno no obligó ni hizo nada para que ITC contratara el seguro que garantizara el pago de indemnizaciones y por eso estamos en esta situación”, dijo el abogado Carlos Astorga.

Si el Estado, a través de la Comisión Chilena de Energía Nuclear, CCHEN, hubiera exigido la contratación de seguro no se hubiera llegado a esta fase y el trabajador ya hubiera sido indemnizado.

Carlos Astorga, manifestó que por la naturaleza de la demanda estima que no podría haber un veredicto en un plazo breve y Fuentes cree que pasarán varios años antes de que se llegue a un final..